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Una tesis falsificable para empezar. Pide a cualquier proveedor que declare "preparación ESPR" que liste — con números de regulación, identificadores de estudio, códigos de mandato, referencias de comités y borradores de actos delegados — todas las corrientes regulatorias, científicas, técnicas e infraestructurales que su sistema deba integrar para emitir un único Pasaporte de Producto Digital legalmente defendible. Exige al menos veinte referencias. La mayoría te dará tres. Algunos te darán un folleto. Unos pocos te darán un código QR.
Ese es el problema. Y una vez que ves la lista real, el tamaño del mercado subyacente empieza a tener sentido.
El DPP textil no es una característica. Es el punto de convergencia de al menos cinco normativas de la UE.
El Reglamento de la UE 2024/1781 — el Reglamento de Ecodiseño para Productos Sostenibles (ESPR) — es el marco. El artículo 9 exige el Pasaporte de Producto Digital. El artículo 14 delega requisitos específicos de producto a los actos secundarios. Los textiles forman parte de la primera oleada de actos delegados esperados; el Plan de Trabajo 2025–2030 de la UE confirma que los textiles son una prioridad, con la ley delegada prevista para finales de 2026 / principios de 2027 y el cumplimiento obligatorio no antes de 2028.
Pero ESPR no vive sola. Un DPP que resista una inspección real de vigilancia de mercados, el agente de aduanas en algún lugar es Europa, la autoridad regional textil en otra parte de Europa, la agencia nacional de protección del consumidor en otro país europeo, requiere al menos cinco organismos reguladores para operar conjuntamente, en convergencia:
— ESPR en sí, tratada no como un formato de documento sino como un marco de ejecución;
— ECGT — Directiva (UE) 2024/825 sobre el Empoderamiento de los Consumidores para la Transición Verde — que prohíbe las afirmaciones medioambientales no fundamentadas y hace que las divulgaciones de durabilidad sean legalmente consecuentes;
— PPWR — Reglamento (UE) 2025/40 sobre Envases y Residuos de Envases, en vigor desde febrero de 2025, de aplicación general desde el 12 de agosto de 2026 — porque el producto DPP debe coordinarse con el DPP de envases;
— Esquemas nacionales de la EPR para textiles, cuando existan, con Francia liderando por casi dos décadas (más sobre esto en la sección dedicada más abajo);
— eIDAS 2.0, como base legal para credenciales cualificadas, firmas cualificadas y la Cartera Empresarial Europea.
Cinco organismos reguladores, todos activos, ninguno opcional. Un DPP que cumple con la ESPR pero viola el ECGT no cumple. Un DPP que cumple con el ECGT pero ignora el PPWR por su empaquetado no cumple. Un DPP que cumpla ambos pero esté alojado en una infraestructura incompatible con credenciales calificadas para eIDAS no puede ser firmado legalmente. La conformidad es conjunta, no aditiva.
La ciencia no es "documentación". Son tres estudios hitos publicados por el JRC, un cuarto en camino y un estudio paralelo transversal del DPP del JRC.
La Comisión no legisla sobre el DPP desde una página en blanco. El Estudio Preparatorio del JRC sobre Textiles es la base de evidencia sobre la que se redactará la ley delegada textil.
El primer hito se publicó en febrero de 2024, definiendo el alcance, los casos de uso y el análisis del comportamiento del consumidor. El segundo hito se celebró a finales de 2024, abordando la viabilidad tecnológica y la arquitectura del sistema DPP. El 3er Informe Técnico Histórico sobre Textiles fue presentado por JRC los días 14 y 15 de enero de 2026 en talleres en Sevilla, y sirve como base técnica para los requisitos obligatorios de DPP. El periodo de retroalimentación pública por parte de los interesados sobre el 3º Hito finalizó a finales de marzo de 2026. El cuarto y último hito se publicará próximamente y será el documento que la Comisión citará al redactar la evaluación de impacto y el acto delegado.
Paralelamente al estudio preparatorio específico textil, un estudio transversal del JRC sobre el propio sistema DPP define las opciones arquitectónicas sobre las que se basa el trabajo de normalización.
Un proveedor que no puede especificar qué hito cubre su categoría de producto y cuál define la arquitectura técnica DPP con la que afirma cumplir, no está vendiendo un DPP. Están vendiendo una presentación de diapositivas.
Transmití al JRC Sevilla, responsable del estudio textil preparatorio, el conjunto de datos Índice de Durabilidad V2.0 (DOI 10.5281/zenodo.20034567): 120 informes de laboratorio calibrados en 9 pruebas de tejido más las pruebas ISO 6330 e ISO 15487 a nivel de prenda. El conjunto de datos está en la base de calibración para el mismo parámetro en discusión en el acto delegado. Esa es la diferencia entre leer un hito y contribuir a uno.
Los estándares no son voluntarios. Son los ocho módulos armonizados de la Decisión de Ejecución de la Comisión C(2024)5423.
El 31 de julio de 2024, la Comisión Europea adoptó la Decisión de Ejecución C(2024)5423 — una solicitud formal de normalización a la CEN, CENELEC y ETSI para el desarrollo de ocho normas europeas armonizadas en apoyo del Pasaporte de Producto Digital. La solicitud cubre, por módulo:
Unique identifiers (product, operator, facility);
portadores de datos y el vínculo entre el producto físico y su representación digital;
Access rights management, information system security and business confidentiality;
Interoperabilidad — técnica, semántica y organizativa;
procesamiento de datos, protocolos de intercambio de datos y formatos de datos;
almacenamiento, archivo y persistencia de datos;
autenticación, fiabilidad e integridad de datos;
Interfaces de Programación de Aplicaciones (APIs) para la gestión del ciclo de vida del pasaporte de producto y la buscabilidad.
Estas no son ocho especificaciones agradables de tener. Son los ocho módulos que, en conjunto, definen lo que es técnicamente un "sistema DPP" en la legislación de la UE.
El trabajo se asigna al Comité Técnico Conjunto CEN-CENELEC 24, CEN-CLC/JTC 24 "Marco y Sistema del Pasaporte de Producto Digital", con múltiples Grupos de Trabajo responsables de los módulos individuales. La publicación efectiva de los ocho estándares tiene una aplicación obligatoria que se ha aplazado a partir de 2027.
Por encima de esta capa europea, acaba de aparecer una nueva capa global. ISO/IEC JTC 5 — el nuevo Comité Técnico Conjunto sobre Pasaportes de Productos Digitales — fue anunciado el 20 de abril de 2026 por DIN/DKE. Está posicionada como el centro global de estándares que sustenta ESPR y el Reglamento de Baterías, con entregas sustantivas esperadas a partir de 2028.
Normas europeas armonizadas más las normas globales ISO/IEC más una solicitud de normalización de la Comisión: tres capas concéntricas, todas en paralelo, todas en diferentes relojes. Un proveedor que no puede decirte a qué módulo de C(2024)5423 se dirige su producto, a qué Grupo de Trabajo de CEN-CLC/JTC 24 participa y cómo piensa hacer seguimiento de los entregables ISO/IEC JTC 5, te está pidiendo que financies un proyecto de investigación, no que compres un sistema de cumplimiento.
La semántica no es metadatos. Es determinismo jurídico — y requiere un estándar común aguas arriba a nivel de consorcio.
Un DPP es leído por una máquina, por una autoridad de vigilancia de mercado y por un consumidor. Tres lectores, tres semánticas compatibles. Sin un vocabulario compartido, "100% reciclado" significa una cosa para la marca, otra para el auditor GRS y una tercera para el agente de aduanas que tiene treinta segundos para decidir si libera el envío.
La referencia operativa es UN/CEFACT UNTP, el Protocolo de Transparencia de la ONU. UNTP 0.7.0 es la versión que implementa Reeco, definiendo las estructuras para Digital Product Passport, Digital Conformity Credential y Digital Identity Anchor. Mi contribución en el repositorio UN/CEFACT se fusionó en abril de 2026: 6/6 pruebas DPP y 16/16 pruebas estructurales DCC aprobadas.
Pero UNTP por sí sola no es suficiente. La interoperabilidad semántica entre proveedores requiere un estándar común de ascendencia a nivel de consorcio. Este es el papel que desempeñan en el ámbito global de la cadena de suministro GS1 y, cada vez más, el consorcio Global Textile Standard (GTS), del que soy socio. La razón por la que un estándar común a nivel de consorcio importa no es filosófica. Sin él, el "poliéster reciclado" de cada marca se convierte en un dialecto privado, y la API de aduanas acaba intentando traducir sesenta mil variantes en tiempo real. No lo hará.
CIRPASS-2 aporta la pieza complementaria. Los requisitos de la Ontología Básica de DPP de la UE, publicados por CIRPASS-2 en marzo de 2025, son la referencia de interoperabilidad de facto para pilotos sectoriales en textiles, electrónica, neumáticos y construcción. El consorcio en sí es una Acción de Coordinación y Apoyo (no un organismo certificador, ni un organismo de normalización) y sus resultados alimentan el proceso de recomendaciones en torno a los actos delegados.
Un DPP sin UNTP, sin un estándar ascendente a nivel consorcio y sin alineación con la Ontología Principal CIRPASS-2, es un PDF con un código QR.
La identidad no es un inicio de sesión. Es LEI, qSign, DID con resolver, EUBW, el Registro de DPP de la UE y la gobernanza JTC — seis dependencias, todas distintas.
Un DPP firmado sin una cadena de confianza no es un DPP. Es un archivo con una imagen de firma, que no es lo mismo.
Los componentes técnicos mínimos para una emisión legalmente vinculante:
LEI (Identificador de Entidad Jurídica, ISO 17442) para la marca emisora. Sin un LEI, la marca no tiene una identidad legal globalmente resoluble a la que pueda anclarse la firma. C(2024)5423 enumera explícitamente la ISO 17442 entre las normas que CEN-CLC/JTC 24 deben considerar para el Módulo 1 (identificadores únicos);
eIDAS 2.0 como marco legal para firmas electrónicas y credenciales cualificadas, incluyendo la Cartera Europea de Negocios (EUBW) como custodio empresarial de servicios fiduciarios;
qSign — Firma Electrónica Calificada — aplicada por el representante legal de la marca a través de un proveedor de servicios fiduciarios cualificado conforme a eIDAS. No es una imagen de firma digital. No es un token OAuth. Un qSign;
DID — Identificadores Descentralizados (recomendación del W3C) — para identificadores persistentes de producto, marca y verificador. Lo más importante es que se pueda resolver mediante un resolver autorizado, no mediante la base de datos de un único proveedor privado. Un TID que solo tu proveedor de DPP puede resolver no es un DID. Es un bloqueo del proveedor disfrazado de interoperabilidad;
Adhesión al Registro de DPP de la UE: el índice central donde debe registrarse el identificador único de cada DPP emitido para que las autoridades de vigilancia de mercado puedan localizarlo. El Registro Central de DPP de la UE está previsto que se publique junto con la solicitud completa de ESPR el 19 de julio de 2026;
Suite criptográfica en paridad: Ed25519 para rendimiento, ES256 para compatibilidad con eIDAS, ambos métodos de verificación expuestos en el documento público de DID.
Por encima de todo esto se encuentra la capa de gobernanza del JTC: CEN-CLC/JTC 24 para las normas armonizadas europeas bajo el mandato M/595, y la nueva ISO/IEC JTC 5 para las normas globales a partir de 2028. Una norma armonizada genera presunción de conformidad — es decir, que las marcas que la siguen se presumen que cumplen con la ESPR. No hay un estándar armonizado, y cada marca debe demostrar individualmente su conformidad en los tribunales si se le impugna. Mucho más coste, plazos mucho más largos, exposición legal mucho mayor.
El proveedor que no puede responder "qué LEI, qué resolver, qué proveedor qSign, qué endpoint del Registro DPP de la UE, qué grupo de trabajo JTC" no está vendiendo un sistema DPP. Están vendiendo un frontend.
El almacenamiento no es alojamiento. Es una persistencia de ciclo de vida respaldada institucionalmente — y la única arquitectura honesta involucra custodios externos.
Artículo 9.7 ESPR: el DPP debe permanecer disponible durante toda la vida útil del producto. Una prenda puede vivir de cinco a diez años; Textiles técnicos más largos. Si el proveedor de DPP quiebra en 2029, ¿a dónde irá el pasaporte de la prenda vendida en 2026?
Pregunta concreta para el proveedor: muéstrame tu arquitectura de retención para el caso de la bancarrota de tu propia empresa. No desde el final del contrato. Del final de la entidad legal.
La respuesta no puede ser una cláusula en un contrato B2B. Un contrato B2B no es un mecanismo de ejecución pública.
La respuesta defendible requiere la retención finalizada con socios institucionales — proveedores de servicios fiduciarios cualificados eIDAS, entidades archivísticas acreditadas o infraestructuras nacionales de depósito legal — garantizando un mínimo de diez años de retención, independientemente de la vida comercial del proveedor DPP. Además, una interfaz de accesibilidad garantizada para las autoridades aduaneras europeas. Además, un punto final de copia de metadatos para las autoridades centrales — autoridades nacionales competentes, la Comisión Europea, organismos estadísticos y de vigilancia — que, por ley, lo solicitarán. Además, la adhesión formal al Registro de DPP de la UE.
Cuatro dependencias externas solo para almacenamiento, ninguna renegociable: "Almacenamiento, archivado y persistencia de datos": la persistencia debe mantenerse incluso cuando el operador económico original ya no está activo. El proveedor que no puede mostrar contratos, SLA y acuerdos legales con socios institucionales de retención no está resolviendo el problema. Lo están posponiendo en el balance de otra persona.
GS1 no es un código de barras. Es el ancla físico-digital, y ahora está reconocida explícitamente bajo ESPR.
GS1 Digital Link es la especificación técnica relevante — combinada con EPCIS para la trazabilidad de eventos de la cadena de suministro. GS1 Digital Link, con GTIN como identificador único y un código QR que se resuelve mediante el resolver GS1 al registro DPP, ahora está explícitamente reconocido como un patrón de identificador válido bajo ESPR — con GTIN serializado extendiendo esto a la identidad a nivel de artículo para baterías y bienes de alto valor. SGTIN, CPV y la familia más amplia de identificadores GS1 son el puente entre la unidad física y su gemelo digital. Sin una codificación resoluble y compatible con GS1, el DPP no es interoperable con el comercio minorista ni con la red de distribución moderna.
El dossier francés son dos regímenes, no uno — y el problema de convergencia incluye ambos.
Una nota específica sobre Francia, porque es el ejemplo más instructivo del problema de convergencia visible ahora mismo.
Francia tiene dos regímenes textiles distintos, ambos legalmente activos, ambos relevantes para el DPP, y que se confunden rutinariamente en las discusiones de la industria:
El esquema EPR para textiles, ropa, ropa de hogar y calzado, vigente desde el 1 de enero de 2007 bajo el artículo L541-10-3 del Código Medioambiental francés, modernizado por la ley AGEC de 2020 y un nuevo cahier des charges 2023–2028. El programa es gestionado por Refashion (anteriormente Eco-TLC), acreditado por las autoridades francesas.
El Coût Environnemental (anteriormente Eco-score), parte del programa francés de affichage environnemental. Introducido bajo la ley AGEC y formalizado por la Ley de Clima y Resiliencia de 2021, con la metodología de cálculo establecida por el Decreto nº 2025-957 de 6 de septiembre de 2025. Exhibición voluntaria a partir del 1 de octubre de 2025; a partir de octubre de 2026, terceros podrán publicar el Coste Medioambiental en nombre de marcas que no lo hayan hecho por sí mismas. Herramienta de cálculo: Ecobalyse, la calculadora oficial del gobierno francés, con 16 indicadores de impacto ambiental.
Dos regímenes, dos bases legales, dos mecanismos de aplicación. El esquema EPR es un marco de responsabilidad del productor con tarifas ecomoduladas; el Coût Environnemental es un esquema de exhibición ambiental orientado al consumidor. Un DPP emitido para el mercado francés debe coexistir con ambos. Un proveedor que solo hace referencia a "la Eco-puntuación francesa" ha leído la mitad del archivo. Un vendedor que solo hace referencia a "EPR francés" ha leído la otra mitad. El problema de convergencia es exactamente este: ambos deben cerrarse.
El balance de masa no es certificación de lotes. Es conciliación por unidad, y la matemática o bien se cierra o se declara que no se cierra.
Este es el salto técnico que separa la trazabilidad documental de la verificación operativa.
Un Certificado de Transacción GRS certifica que 5.000 kg de poliéster reciclado entraron en la cadena de suministro. El Anexo III de la ESPR exige una declaración por prenda: esta prenda específica, de 180 gramos, con qué porcentaje real de contenido reciclado? La pregunta de ESPR es por unidad. Entre ellos hay un vacío matemático.
La metodología patentada de Reeco para la conciliación del balance de masas por unidad cierra esa brecha. La lógica interna no se revela públicamente. Lo que se revela públicamente es el comportamiento en la frontera.
Cuando el saldo certificado no cubre todas las prendas declaradas por la marca, el sistema informa a la marca antes de la emisión. Ejemplo trabajado: 500 prendas declaradas como 100% recicladas; El saldo certificado abarca 490 unidades. Reeco notifica. La marca decide. 490 prendas reciben un DPP con la reclamación certificada; 10 prendas reciben un DPP con composición declarada y no certificada. La vigilancia del mercado muestra la pista completa de auditoría, con marca criptográfica y tiempo, con el límite claramente registrado.
Reeco verifica e informa que la decisión queda en manos de la marca, que es el operador económico responsable de ESPR.
La matemática se cierra, o se revela como no cerrada. No hay una tercera opción.
Reparabilidad, durabilidad y robustez no son adjetivos. Son índices calibrados según el Anexo III de la ESPR.
El Anexo III de la ESPR enumera los parámetros que debe llevar el DPP. Para textiles, la lista incluye contenido reciclado, reciclabilidad, presencia de sustancias peligrosas, durabilidad y reparabilidad.
Estos no son adjetivos. Son índices medibles, calibrados y depositados.
El Índice de Durabilidad V2.0 (DOI 10.5281/zenodo.20034567): 9 ensayos de tejidos (180 puntos) + una compuerta binaria de estallido + ISO 6330 y 15487 ensayos de prenda (20 puntos) = 200 puntos en total — es un ejemplo de una metodología replicable por terceros basada en una base de calibración de 120 informes de laboratorio, y que ha sido transmitida a la unidad JRC Sevilla encargada del estudio textil. El Índice de Reparabilidad paralelo sigue la misma lógica: pruebas físicas, umbrales cuantitativos, un resultado numérico que se sostiene en auditoría.
Sin índices depositados y calibrados, cualquier reclamación de durabilidad es una violación del ECGT esperando a ocurrir. Con índices depositados y calibrados, la marca tiene una posición defendible bajo ESPR, ECGT y cualquier desafío futuro de vigilancia de mercado.
El trabajo es impresionante. El mercado lo es más.
Permítanme sumar el problema de convergencia.
Five regulatory bodies: ESPR (EU 2024/1781), ECGT (EU 2024/825), PPWR (EU 2025/40), national EPR schemes, eIDAS 2.0. Three published JRC milestone studies on textiles plus a fourth forthcoming, plus the parallel JRC cross-cutting DPP study.
One Commission standardisation reques, C(2024)5423, defining eight harmonised standard modules-
Two standards committees — CEN-CLC/JTC 24 at European level, the newly launched ISO/IEC JTC 5 at global level.
Un protocolo abierto con contribución fusionada — UNTP 0.7.0.
Una CIRPASS-2 EU DPP Core Ontology, con dos contribuciones formales mías archivadas.
One consortium-level upstream semantic standard GTS-class.
One identity chain, LEI + qSign + DID with authoritative resolver + EUBW + EU DPP Registry going live 19 July 2026.
Una especificación físico-digital, GS1 Digital Link + EPCIS 2.0. Una metodología de conciliación por unidad de balance de masas, anclada en patentes y depositada en SIAE.
Dos índices técnicos del Anexo III (durabilidad y reparabilidad) depositados por el DOI y reconocidos por el JRC.
Una arquitectura de retención institucional, mínimo de diez años, con accesibilidad aduanera e interfaces de metadatos con autoridad central.
Y, solo para el mercado francés, dos regímenes nacionales paralelos: EPR desde 2007 y Coût Environnemental desde octubre de 2025, que deben coexistir con la DPP de la UE.
Aproximadamente veinte dependencias distintas, dependiendo de lo granularmente que las cuentes.
LL debe cerrar en la misma fecha.
Todos deben producir el mismo DPP. Todos deben soportar la misma inspección aduanera.
El trabajo necesario para construir un sistema que realmente cierre, no un código QR que declare cierre, ni una presentación que declare su preparación, no es trivial. De hecho, es el mayor proyecto de infraestructura regulatoria sin abordar en el sector textil europeo en los últimos veinte años.
El mercado textil de la UE es de aproximadamente 29.000 millones de prendas al año, atendiendo a más de 500 millones de consumidores. El mercado de infraestructuras DPP aguas abajo; La emisión, verificación, persistencia del ciclo de vida, capa de identidad, conciliación de balance de masas, índices técnicos depositados, retención institucional, integración de registros, se situan entre 2.000 y 4.000 millones de euros en los próximos cinco años.
Veinte flujos convergen en un solo archivo firmado. Ese archivo es el punto de acceso a un mercado de 2.000 a 4.000 millones de euros.
Quienes hayan leído las regulaciones permanecerán en el mercado.
Quienes vendieron códigos QR se retirarán.
Stefano Cipriani es fundador de Reeco®, miembro experto de CIRPASS-2 (EWG1, EWG3) y accionista registrado en el JRC.
ORCID: 0009-0001-3423-9402